El 31 de marzo del presente año, el IMSS da a conocer mediante el acuerdo ACDO.AS2.HCT.300320/115.P.DIR los días inhábiles para las actuaciones y diligencias en procedimientos administrativos ante dicha Institución, tales como:
- Recepción de documentos e informes.
- Trámites.
- Actuaciones.
- Diligencias.
- Inicio, substanciación y resolución de procedimientos administrativos.
- Notificaciones.
- Citatorios.
- Emplazamientos.
- Requerimientos.
- Solicitudes de informes o documentos.
- Medios de impugnación.
- Cualquier acto administrativo que sea solicitado a los servidores públicos adscritos a los órganos normativos, de operación administrativa desconcentrada y operativos del Seguro Social.
Del 31 de marzo hasta que se determine que han cesado las causas que dieron origen al Plan Estratégico Institucional para la atención de la Contingencia por COVID-19; periodo durante el cual no correrán plazos ni términos.
Quedamos a sus órdenes en caso de alguna duda al respecto.