Aguascalientes
El 28 de marzo se publicó en el periódico oficial del Estado de Aguascalientes, beneficios para los contribuyentes del Impuesto sobre Nómina de dicho Estado:
• Se difiere el pago de los meses de abril, mayo y junio hasta en 8 parcialidades mensuales iguales. Para ser acreedor a este beneficio, el contribuyente tiene que solicitarlo por escrito ante la Secretaria de Finanzas del Estado antes del vencimiento de pago, esto no generará multas, actualizaciones y recargos.
• Se otorga un descuento del 30% en el pago que se cause de los meses de abril a diciembre de 2020 a todos aquellos contribuyentes que tengan hasta 20 trabajadores activos en cada uno de los meses, siempre y cuando el pago del remanente se realice en tiempo y forma.
Baja California Sur
El 23 de marzo se publicó el Boletín oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur, beneficios para los contribuyentes del Impuesto sobre Nómina de dicho Estado:
• Se difiere la obligación de la presentación de la declaración mensual de los meses de marzo, abril y mayo, mismos que se deben de presentar a más tardar el día 31 de los meses agosto, octubre y diciembre respectivamente.
Baja California
Hasta ahora no se han publicado estímulos o facilidades fiscales en materia laboral en el Estado, solamente se suspenden los actos estatales de fiscalización.
Campeche
Hasta ahora no se han publicado estímulos o facilidades fiscales en materia laboral en el Estado, solamente se suspenden los actos estatales de fiscalización.
Ciudad de México
El 20 de marzo se publicó en la gaceta oficial de la Ciudad de México, beneficios para los contribuyentes del Impuesto sobre Nómina (ISN):
• Se prorrogan los plazos para la presentación de declaraciones y la realización de los pagos que deban efectuarse durante el mes de abril del 2020, pudiendo realizarlas hasta el 30 de abril del mismo año.
Coahuila
Hasta ahora no se han publicado estímulos o facilidades fiscales en materia laboral en el Estado, solamente se suspenden los actos estatales de fiscalización.
Colima
Con fecha del 19 de marzo de 2020 se publicó que otorga el beneficio fiscal a los contribuyentes del estado de Colima para el pago del Impuesto sobre nómina hasta el jueves 30 de abril de 2020.
Facilidades administrativas:
Para el impuesto sobre nómina con fecha de obligación de los días 17 de marzo de 2020 y 17 de abril de 2020, los contribuyentes podrán presentar su declaración de pago sin recargos y sin ser objeto de requerimiento por parte de la autoridad competente hasta el 30 de abril de 2020.
Chiapas
Hasta ahora no se han publicado estímulos o facilidades fiscales en materia laboral en el Estado, solamente se suspenden los actos estatales de fiscalización.
Chihuahua
Con fecha 8 de abril de 2020 publicado por el Gobierno del Estado de Chihuahua el titular de Hacienda del estado presentó el programa de estímulos fiscales.
A las empresas que mantengan al menos 70 por ciento de la plantilla laboral registrada al cierre de febrero de 2020, se les otorgará una condonación del 100 por ciento del Impuesto Sobre Nómina correspondiente a los meses de abril y mayo, si se trata de empresas con menos de 50 empleados.
Además, se aplicará una condonación del 50 por ciento en abril y mayo del Impuesto Sobre Nómina a las empresas de entre 51 y 90 empleados, así como una prórroga del 50 por ciento en abril y mayo para las empresas de más de 90 empleados, para que puedan pagar hasta noviembre y diciembre de 2020.
Durango
Con fecha del 24 de marzo de 2020 se publicó decreto administrativo con facilidades administrativas y estímulos fiscales en impuestos estatales, es de interés público y aplicación en todo el Estado de Durango con vigencia del día siguiente de su publicación y durante las siguientes 12 semanas.
Son sujetos beneficiarios las empresas, personas físicas o morales que comprueben tener operaciones antes del 23 de febrero del 2020 conforme a lo siguiente:
Facilidades administrativas:
• Ampliación de hasta 6 meses en los plazos de pago por convenio de impuestos estatales y capitales constituidos resultado de auditorías estatales.
• Ampliación de plazos en pagos por convenio de impuestos y/o derechos estatales.
Estímulos fiscales:
• Exención de hasta el 50% del Impuesto Sobre Nóminas durante la vigencia del decreto.
• Exención de hasta el 75% del Impuesto Sobre Nóminas durante el MIPYMES, locales que establezcan medidas para facilitar bienes y servicios.
Requisitos:
Las empresas deberán presentar solicitud por escrito en formato libre a la Secretaria de Desarrollo Económico de forma presencial o al correo electrónico [email protected], anexando lo siguiente:
I. Nombre del solicitante
II. Nombre del representante legal, en su caso
III. Domicilio
IV. Teléfono
V. Correo electrónico
VI. Numero de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes
VII. Copia de la escritura constitutiva, en caso de ser persona moral
VIII. Copia del poder notarial del representante legal, en su caso
IX. Evidencias de las medidas preventivas y protocolos de salud aplicados desde el inicio de la contingencia
X. Cálculo de la afectación económica sufrida hasta el momento de realizar la solicitud, de conformidad con las declaraciones mensuales del impuesto sobre la renta
XI. Ultima declaración de pago de las cuotas el IMSS, antes del inicio de la contingencia
La secretaria de desarrollo económico deberá emitir el resolutivo respectivo en un plazo no mayor a 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la recepción de la solicitud con todos sus requisitos.
Guanajuato
El Decreto Gubernativo número 44, Artículo 3° (Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato) publicó la siguiente facilidad administrativa:
Pago de hasta 6 parcialidades correspondientes a los meses de marzo y abril de 2020:
Guerrero
El Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero publicó el Acuerdo extraordinario por el que se aprueban medidas económicas y fiscales a las empresas y a la población del estado de guerrero, derivado de la contingencia sanitaria del covid-19, y considero el siguiente estímulo fiscal:
• Estímulo del 50% durante marzo y abril de este año al Impuesto sobre Remuneraciones, así como prórroga de dos meses adicionales para la presentación de declaraciones mensuales de dichos meses, así como a los impuestos adicionales.
Hidalgo
Se publicó el 26 de marzo 2020 el Acuerdo Primero y Segundo en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el siguiente estímulo relativo al impuesto sobre Nóminas:
• Condonación del 50% a los contribuyentes del sector privado, por los meses de marzo y abril del año 2020, siempre que la base gravable se ubique en el rango de $0.01. hasta $500,000.00 (debiendo corresponder a los parámetros de declaraciones anteriores de dicho impuesto, tomando como referencia el periodo febrero 2020).
• Condonación del 5% a los contribuyentes del sector privado cuya base gravable se genere por los meses de marzo y abril del año 2020 sea mayor a $500,000.00 (debiendo corresponder a los parámetros de las declaraciones anteriores de dicho impuesto, tomando como referencia el periodo febrero 2020).
Jalisco
Hasta ahora no se han publicado estímulos o facilidades fiscales en materia laboral en el Estado, solamente se suspenden los actos estatales de fiscalización.
Estado de México
Con fecha del 26 de abril de 2020 se publicó acuerdo del ejecutivo del estado por el que se otorgan beneficios fiscales en relación con el impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal.
Estímulos fiscales:
• Subsidio del 50% del Impuesto Sobre Nóminas en el monto total del impuesto causado en el mes de abril de 2020.
El acuerdo solo contempla a empresas que cumplan lo siguiente:
• Tengan hasta 50 empleados contratados al 31/03/2020
• No disminuyan su plantilla laboral
• El impuesto deberá ser pagado a más tardar el 11 de mayo del 2020
• Este beneficio no aplica para entes públicos
Michoacán
La página de la Secretaría de Finanzas del Estado de Michoacán publicó su Plan emergente para proteger la Economía de las familias Michoacanas lo siguiente relativo al Impuesto Estatal sobre nómina:
Subsidio del 100% durante los meses marzo, abril y mayo a Pymes con menos de 50 Empleados y vinculadas directamente al sector turístico (Restaurantes, Hoteles Balnearios, agencias de viaje).
Morelos
Con fecha 20 de marzo de 2020 fue publicado por el Gobierno del Estado de Morelos el beneficio fiscal en relación con el diferimiento de la obligación de pago del Impuesto Sobre Nóminas para los meses de marzo, abril y mayo de 2020 para realizarse a más tardar el 30 de junio de 2020 considerando que no generara multas ni recargos.
Nayarit
El pasado 01 de abril del 2020, se publicó en el periódico Oficial de Nayarit el Acuerdo Administrativo por el cual se otorgan diversos beneficios fiscales a contribuyentes:
Los contribuyentes que, en los términos del Título Tercero, Capitulo IV de la Ley de Hacienda del Estado de Nayarit, tengan la obligación de pago del Impuesto Sobre Nóminas, gozarán de las siguientes facilidades y estímulos de carácter fiscal:
a) Se difieren los pagos de los meses de marzo, abril y mayo del año 2020, los cuales se podrán cubrir durante el periodo de julio a diciembre de 2020; conforme a los lineamientos que emitirá la Secretaría de Administración y Finanzas.
b) Interrupción de los plazos y términos en actos de fiscalización en materia del impuesto sobre nómina, durante el periodo del 1 al 30 de abril 2020.
c) Condonación del 100% de los recargos a los contribuyentes que presenten algún adeudo.
d) Condonación del 50% en multas por actos de fiscalización en proceso.
e) La vigencia de los incisos c) y d) será del 1 de abril al 30 de junio de 2020.
Oaxaca
Con fecha 25 de marzo de 2020 el gobernador del Estado de Oaxaca emitió un decreto en donde otorgara estímulo fiscal del 50% al impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal en el segundo bimestre de 2020, a las empresas que acrediten que sus ingresos han disminuido un 50% o más, mediante declaraciones de impuesto federales 2019. Para ser acreedores a este estimulo las compañías deberán de presentar un escrito a la Secretaria de Finanzas adjuntando copia de las declaraciones mensuales presentadas ante el SAT durante la segunda quincena de mayo 2020.
Puebla
El pasado 12 de abril el Gobernador del Estado de Puebla publicó lo siguiente:
• Condonación del Impuesto Sobre Nómina (ISN) a 17,844 microempresas, que tengan de 1 a 10 trabajadores, en un periodo de abril a diciembre de este 2020.
• Condonación del 50% del ISN a 4, 274 pequeñas empresas, con 11 a 50 empleados, de abril a septiembre de este año.
• Las empresas con más de 51 trabajadores, se les condonará el ISN en los meses de abril a junio, pero deben presentar su declaración en julio.
• Adicionalmente se suspenden los actos estatales de fiscalización y además se exhortó a los empleadores a proporcionar la remuneración correspondiente por la relación laboral, durante el tiempo que dure la contingencia para evitar la propagación y contagio del virus COVID-19.
Querétaro
Hasta ahora no se han publicado estímulos o facilidades fiscales en materia laboral en el Estado, solamente se suspenden los actos estatales de fiscalización.
Quintana Roo
Con fecha 24 de marzo de 2020 fue publicado por el Gobierno del Estado de Quintana Roo el plan emergente en donde señala que otorgara diferimiento del pago del Impuesto sobre nómina de los meses de marzo, abril y mayo de 2020, los cuales podrán pagarse en los meses de octubre, noviembre y diciembre respectivamente.
Para los contribuyentes que opten por realizar los pagos del impuesto sobre nóminas en tiempo y forma, se otorgara una condonación del 20% para los pagos realizados en los meses de marzo, abril y mayo.
Estos beneficios aplicaran siempre y cuando la compañía este al corriente con sus obligaciones fiscales y que además conserve el mismo número de empleados promedio equivalentes al mismo mes del ejercicio anterior.
San Luis Potosí
Con fecha 23 de marzo de 2020 fue publicado por el Gobierno del Estado de San Luis Potosí mediante su página oficial la facilidad fiscal de ampliar el periodo de pago del Impuesto Sobre Nóminas correspondiente a los meses de marzo a junio, al 15 de julio de 2020.
Además, se darán estímulos del 100% del Impuesto Sobre Nóminas causado en los meses de marzo a junio de 2020 (empresas que tengan hasta 50 trabajadores).
Sinaloa
Hasta ahora no se han publicado estímulos o facilidades fiscales en materia laboral en el Estado, solamente se suspenden los actos estatales de fiscalización.
Sonora
El pasado 25 de marzo del 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado de Sonora en su artículo Decimo, el siguiente estímulo fiscal:
• Exención temporal del 50%, en el caso de impuestos sobre remuneraciones de trabajo personal para las empresas con 50 empleados o menos.
Tabasco
Hasta ahora no se han publicado estímulos o facilidades fiscales en materia laboral en el Estado, solamente se suspenden los actos estatales de fiscalización.
Tamaulipas
Se anunció por parte del gobierno del Estado un plan de estímulos fiscales y económicos a empresarios, por COVID-19 el cual se encuentra pendiente de publicación.
Tlaxcala
Hasta ahora no se han publicado estímulos o facilidades fiscales en materia laboral en el Estado.
Veracruz
Se publicó en la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz las siguientes facilidades administrativas:
Se suspende los plazos y términos legales en las visitas de verificación y visitas domiciliarias derivadas del ejercicio de facultades de comprobación en materia estatal.
Se prorroga el pago del Impuesto Estatal sobre Nómina correspondiente a marzo y abril de 2020, para su pago de julio a de diciembre de 2020, sujeto a las siguientes condiciones:
• El contribuyente se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales estatales al momento de recibir el beneficio, con relación al Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal;
• La base gravable total de las personas físicas o morales sujetas al pago de este impuesto se integre de las remuneraciones de hasta 50 trabajadores o menos.
• El contribuyente se comprometa a no realizar despidos injustificados durante el periodo que dure la contingencia sanitaria ocasionada por la propagación del COVID-19.
Yucatán
El miércoles 1ero de abril, se publicó el Decreto que define la siguiente facilidad administrativa y estímulo fiscal en materia de impuesto sobre nómina:
• Descuento del 50% sobre lo causado durante el mes de marzo y abril al impuesto sobre nómina, el 50% restante se podrá pagar diferido del mes de julio a diciembre de 2020.
Zacatecas
La página de la Secretaría de Finanzas del Estado de Zacatecas publicó los siguientes estímulos fiscales relativos al Impuesto Estatal sobre Nóminas:
• Condonación del 100% a empresas con menos de 20 empleados.
• Reducción de 50% a empresas de 21 a 40 trabajadores.
• Condonación del 100% del Impuesto Sobre Servicios de Hospedaje por los meses de abril y mayo de 2020.
• Condonación del 100% del Impuesto Sobre Nóminas a las administraciones municipales y organismos operadores de agua potable.