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Reformas al Impuesto Sobre Nómina en el Estado de Jalisco

Reformas al Impuesto Sobre Nómina en el Estado de Jalisco

Feb 07, 2017
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El pasado 31 de diciembre de 2016 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, el decreto por el cual se reforman entre otros artículos de la Ley de Hacienda del Estado de Jalisco, los relacionados con las obligaciones de los contribuyentes del Impuesto Sobre Nóminas (ISN), mismos que entraron en vigor a partir del 2 de enero de 2017.

La modificación más trascendente en relación a dicho impuesto, atañe a las empresas que reciban la prestación de servicios de suministro de personal por parte de un tercero, es decir, empleados contratados a través de empresas “outsourcing”.

En virtud de lo anterior, las empresas que contraten suministro de personal a través de un tercero (entiéndase empresas outsourcing) a partir de enero 2017 deberán retener y enterar el impuesto sobre nóminas como si fueran empleados propios.

Lo anterior también es aplicable para personas o empresas (no importando donde se ubique su domicilio fiscal) que contraten servicios de construcción para un inmueble ubicado en el Estado de Jalisco.

Cabe resaltar que las empresas que se encuentren obligadas conforme a lo referido en párrafos anteriores, deberán inscribirse como retenedores en la oficina de recaudación fiscal que le corresponda a su domicilio y expedir constancias de retención del ISN (mensuales o anuales) en el formato que apruebe las autoridades competentes.

Importante mencionar que las prestadoras de servicios de suministro de personal (Outsourcing), deberán de informar a la empresa contratante, el importe de la nómina e impuesto correspondiente de las personas subcontratadas que debe retener en cada periodo mensual; y en caso de no hacerlo se establece la obligatoriedad para la empresa contratante de formular el cálculo del impuesto conforme a lo siguiente:

Valor total de los servicios prestados en el mes (según comprobante fiscal CFDI)

(x) Factor de 0.90

(=) Base el impuesto sobre nomina

(x) Tasa del impuesto (2%)

(=) Impuesto sobre nómina a enterar del periodo.

Recomendamos que, de encontrarse en este supuesto, se pongan en contacto con su ejecutivo (de la empresa outsourcing) para coordinar la entrega de información y cumplir en tiempo y forma con esta disposición legal, y evitar sanciones al respecto.

Considere que la fecha límite para el pago del impuesto sobre nóminas correspondientes al periodo:  enero 2017 es el próximo lunes 13 de febrero de 2017.

Quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto.

Posted by Dulce Vazquez Feb 07, 2017 Categories: Artículos

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